INE entrega constancias a 45 candidaturas tras fallo del TEPJF

México

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó constancias de mayoría a 45 candidaturas ganadoras a magistraturas de circuito y juzgados de distrito que inicialmente habían sido consideradas inelegibles por el propio organismo, principalmente por no cumplir con el promedio académico mínimo establecido.

La decisión se dio en cumplimiento a diversas sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que resolvió que el INE no tenía facultades para determinar la idoneidad académica de los aspirantes. Dicho análisis, puntualizó el Tribunal, corresponde únicamente a los comités de los tres poderes de la Unión.

Durante la sesión, varios consejeros defendieron la actuación inicial del INE al señalar que se ajustó a lo previsto en la Constitución. Sin embargo, reconocieron que las resoluciones del TEPJF resultan “contradictorias” al limitar la competencia del Instituto en algunos casos y reconocerla en otros.

La consejera presidenta, Guadalupe Taddei, aclaró que lo resuelto no representa un cambio de criterio, sino la delimitación entre requisitos de idoneidad y de elegibilidad, lo cual deberá discutirse en futuros espacios de análisis.

Por su parte, la consejera Dania Ravel advirtió que las sentencias generan inconsistencias al considerar que en algunos procesos el INE sí puede revisar requisitos de elegibilidad, pero en otros, como el promedio académico, no. En la misma línea, el consejero Martín Faz Mora señaló que la resolución del Tribunal genera incertidumbre sobre el alcance de las atribuciones del Instituto.

La consejera Claudia Zavala agregó que los comités encargados de la evaluación no presentaron una metodología clara para revisar los requisitos de elegibilidad, lo que refuerza la necesidad de exigir mayor transparencia en estos procesos.

Al momento de entregar las constancias, Taddei subrayó que todas tienen el mismo valor jurídico y político, ya sea que se hayan expedido tras el cómputo de votos o como resultado de una impugnación, al representar la capacidad institucional de corregir y garantizar la voluntad ciudadana.

Entre los casos resueltos, se restituyó el triunfo a 12 mujeres que inicialmente habían sido desplazadas por criterios de paridad de género, así como a candidatos en segundas posiciones que obtuvieron el cargo luego de que los primeros lugares fueran declarados inelegibles.

Fuente: La Jornada

 

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