SCJN se declara incompetente para resolver impugnaciones contra Salas Regionales del TEPJF

México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que no le corresponde atender las impugnaciones relacionadas con la elección de magistraturas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), celebrada el pasado 1 de junio. En consecuencia, se limitará a conocer los recursos que involucren a la Sala Superior del propio tribunal electoral.

Así lo notificó al Instituto Nacional Electoral (INE) antes de iniciar su receso de 15 días, mediante un documento que refiere lo acordado en sesión privada el 8 de julio. En el oficio se aclara que, conforme al marco constitucional y legal vigente, corresponde al TEPJF atender esos litigios. La determinación reduce el margen de conflicto competencial entre ambas instancias.

La Corte y el TEPJF tienen como plazo máximo el 28 de agosto para resolver los juicios derivados del proceso inédito de designación de jueces electorales.

Durante la sesión pública del miércoles, la Sala Superior del TEPJF abordó otros asuntos relacionados con el proceso, incluyendo el tratamiento de los expedientes vinculados a criterios de elegibilidad, como el promedio académico o presuntos nexos con el crimen organizado. Estos se analizarán de forma conjunta en una sesión posterior.

En otro punto, el tribunal electoral federal ordenó al INE investigar una denuncia del PAN contra Movimiento Ciudadano (MC), por la supuesta distribución de “acordeones” o guías de voto por parte de su dirigente en Nuevo León. La queja había sido desechada inicialmente por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), al considerar que los partidos no tienen participación en el actual proceso judicial.

Sin embargo, la Sala Superior revocó esa decisión y por unanimidad instruyó la apertura de una investigación, bajo el argumento de que si bien los partidos no pueden intervenir en la elección judicial, sí pueden denunciar posibles irregularidades cometidas por otros institutos políticos.

La ponencia, a cargo de la magistrada Janine Otálora Malassis, subrayó que el INE tiene la obligación de investigar cualquier acusación fundada, independientemente del origen del denunciante. El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón respaldó la resolución, al destacar que las investigaciones periodísticas cuentan con presunción de veracidad y validez jurídica. Por su parte, la magistrada presidenta, Mónica Soto, consideró que la UTCE debió realizar al menos una valoración preliminar del caso.

Finalmente, la Sala confirmó el desechamiento de las impugnaciones presentadas contra Tania Contreras López, presidenta electa del Tribunal de Justicia de Tamaulipas, al concluir que ni el PAN ni una ciudadana recurrente tenían interés jurídico para presentar dichos recursos.

Fuente: Jornada

 

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