RD: La JCE impulsa reglamento para regular encuestas electorales, incluidas las de boca de urna


República Dominicana

La Junta Central Electoral (JCE) está evaluando un proyecto de reglamento destinado a ordenar las actividades de las empresas encuestadoras en los procesos electorales. Este marco regulatorio cubrirá desde los procedimientos para que las firmas se registren ante la JCE hasta los métodos y plazos para la realización de encuestas en el día de los comicios.

El reglamento, que será sometido a consulta pública el jueves 5 de junio de 2025, tiene como objetivo reforzar la credibilidad de los procesos electorales en el país. Durante las elecciones de mayo de 2024, la JCE intentó suspender los sondeos y encuestas de boca de urna, pero la propuesta fue desestimada después de que los partidos políticos alegaran que contravenía la Ley 20-23, que regula el Régimen Electoral.

La normativa propuesta establece que todas las empresas que realicen encuestas electorales deberán registrarse previamente ante la JCE, presentando documentos como los estatutos sociales, el perfil de los técnicos, la lista de accionistas, la composición del consejo administrativo y los nombres de los directivos. También se deberá especificar en qué demarcación se llevará a cabo el trabajo de campo.

Una vez verificados estos datos, la Dirección de Elecciones de la JCE les otorgará un número de registro, el cual debe aparecer en todas las encuestas realizadas. Además, las firmas deberán actualizar esta información anualmente.

El artículo 7 del reglamento establece los requisitos para la publicación de encuestas, los cuales incluyen el nombre de la entidad encargada de la encuesta, la fecha de realización, el área geográfica y el tamaño de la muestra, entre otros aspectos técnicos.

En el caso de encuestas relacionadas con la selección de precandidaturas y candidaturas dentro de los partidos políticos, el reglamento establece que la JCE debe supervisar el trabajo de campo para asegurar el cumplimiento de la Ley 20-23. Una vez publicados los resultados, cualquier persona interesada podrá solicitar acceso a los datos a través de la JCE.

El artículo 10 de la propuesta especifica que las encuestas a boca de urna realizadas el día de las elecciones deberán ser notificadas previamente a la JCE. Además, los resultados deberán ser entregados al organismo electoral dentro de un plazo de tres horas posteriores al cierre de los centros de votación.

Si alguna firma infringe el secreto del voto, la JCE tendrá la facultad de suspender la encuesta inmediatamente. Igualmente, si una firma publica encuestas electorales dentro de los ocho días previos a la elección, podría enfrentar una sanción económica, que va de una multa de uno a 200 salarios mínimos, de acuerdo con el artículo 308 de la Ley 20-23.

La JCE invita a la ciudadanía, organizaciones políticas, empresas encuestadoras y otros interesados a presentar sus comentarios y observaciones sobre este proyecto de reglamento. El plazo para hacerlo estará abierto hasta el 30 de mayo de 2025 a las 4:00 p.m., y los aportes podrán ser entregados en la Secretaría General de la JCE o enviados por correo electrónico a consultaspublicas@jce.do y sonne_beltre@jce.do.

Fuente: Diario Libre

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