El gobierno de Rodrigo Chaves ha presentado una tercera versión de la conocida “ley jaguar”, proponiendo la realización de un referéndum que costaría ¢3.000 millones. Esta nueva propuesta, sin embargo, solo incluye un único artículo que reafirma lo que ya está estipulado en la legislación actual: la imposibilidad de que la Contraloría General de la República (CGR) asuma funciones que corresponden a la administración activa.
El Poder Ejecutivo ha enviado esta iniciativa a la Asamblea Legislativa, mientras que Édgar Espinoza, esposo de la diputada Pilar Cisneros, la ha llevado ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). La ministra de la Presidencia, Laura Fernández, se pronunció sobre la propuesta en la Casa Presidencial este miércoles.
El proyecto busca modificar el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría, el cual establece que esta institución es el órgano rector encargado del control y fiscalización superiores. Se añadirá un párrafo que establece: “De conformidad con los artículos 11, 183 y 184 de la Constitución Política, la Contraloría General de la República, en el ejercicio de cualquiera de sus funciones, no podrá sustituir o abarcar asuntos que son exclusivamente competencia de la administración pública activa, tal como lo establece el inciso a) del artículo 2 de la Ley General de Control, Ley N°8292 de fecha 04 de setiembre del 2002”.
El resto del artículo permanecería inalterado, y se precisaría que las disposiciones de la CGR son de acatamiento obligatorio para las instituciones públicas.
Este cambio es el único que ha logrado superar los análisis de constitucionalidad de la Sala IV, mientras que las versiones anteriores fueron rechazadas por eliminar herramientas de control de la CGR sobre los recursos públicos y por vulnerar el principio de licitación en obras públicas, relacionadas con el desarrollo de Ciudad Gobierno y una marina en Limón.
Rubén Hernández, abogado constitucionalista, comentó que el proyecto no añade nada nuevo, ya que la CGR no tiene la facultad de coadministrar. La Sala IV, el 1 de octubre, declaró que la reforma al artículo 12 no es inconstitucional, siempre que se interprete que se mantienen intactas las potestades de control de la CGR.
La jurisprudencia existente, como el fallo 11856-2004, ha aclarado las funciones de la CGR, afirmando que su independencia no implica actuar sin límites, y que no puede ejercer administración activa. En esa ocasión, un recurso de amparo presentado por la empresa Riteve, que cuestionaba un informe de la CGR sobre tarifas, fue parcialmente admitido debido a que se violentó el debido proceso.
El presidente Chaves insistió este miércoles en buscar la vía legislativa y la iniciativa ciudadana para convocar al referéndum, pidiendo a los diputados que lleven la propuesta a consulta popular, dado que incluye el único artículo que recibió el visto bueno de la Sala IV. Solicitó al TSE que autorice la recolección de firmas necesarias para la iniciativa popular, que deben ser al menos 180.000, equivalentes al 5% del padrón electoral.
Hernández advirtió que convocar a referéndum sobre un tema ya regulado podría resultar en un gasto innecesario, sugiriendo que la Asamblea Legislativa apruebe la reforma como un proyecto de ley, lo cual sería más eficiente. Según él, gastar ¢3.000 millones en un referéndum que ya tiene consenso podría resultar en una baja participación ciudadana y ser un desperdicio de recursos.
El abogado constitucionalista recordó que la Constitución y la Ley Orgánica de la Contraloría ya delimitan claramente las funciones de la CGR, lo que hace que la propuesta del gobierno sea redundante y sin impacto real.
Fuente: La Nación