Colombia
En un nuevo episodio del pulso entre el Ejecutivo y la rama judicial, la Corte Constitucional de Colombia continuará con el análisis de fondo del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, con el que el presidente Gustavo Petro intentó convocar una consulta popular nacional, a pesar de que este ya fue derogado tras la aprobación de la reforma laboral en el Congreso.
El presidente de la Corte, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, determinó que el alto tribunal debe pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto, argumentando que su anulación no extingue los efectos jurídicos ni cierra el debate institucional sobre el uso de esta herramienta por parte del Ejecutivo.
La Corte oficializó su postura mediante el auto fechado el 11 de julio, en el expediente CCP-001, donde se ordena solicitar pruebas al Senado sobre el trámite legislativo relacionado con el mencionado decreto. También se instruyó comunicar la petición al Consejo de Estado, a través de los oficios OPC-286/25 y OPC-287/25.
Este proceso de revisión se enmarca en la obligación constitucional del alto tribunal de evaluar automáticamente los decretos que convoquen a consultas populares, según el artículo 241 de la Carta Magna. Dicha competencia no se pierde, incluso si el decreto en cuestión ha sido revocado.
En el auto emitido, se establece que se dará traslado del caso a la Procuraduría General de la Nación y se cursarán invitaciones a expertos que puedan aportar conceptos técnicos sobre la materia. La Corte subrayó que el análisis busca determinar si hubo un eventual exceso de poder por parte del presidente Petro al recurrir a una consulta directa sin agotar previamente el trámite legislativo.
La controversia se originó cuando el mandatario decidió emitir el decreto de convocatoria a consulta tras considerar que el Congreso no tramitó adecuadamente la reforma laboral. Sin embargo, tras nuevas negociaciones políticas, la reforma fue finalmente aprobada por el Legislativo, lo que motivó al Ejecutivo a derogar el decreto.
A pesar de ello, la Corte sostiene que el análisis debe proseguir, no solo por razones de seguridad jurídica, sino para sentar precedentes sobre los límites del poder presidencial en el uso de mecanismos de participación directa.
Además, el caso se inscribe en un contexto de creciente tensión entre el magistrado Ibáñez y el Gobierno Nacional. Paralelamente, el alto tribunal también revisa la validez del trámite legislativo de la reforma pensional, recientemente sancionada por el presidente. La Corte ha advertido posibles irregularidades en la documentación de sesiones y votaciones, lo que podría poner en entredicho la constitucionalidad del articulado.
El desenlace de estos procesos no solo marcará la agenda institucional del segundo semestre de 2025, sino que también podría redefinir el equilibrio de poderes en un país donde el uso de figuras excepcionales por parte del Ejecutivo ha cobrado renovada vigencia.
Fuente: Infobae