Ecuador
La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el pasado 7 de junio de 2025 la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, una legislación clave que crea un régimen jurídico especial para enfrentar el conflicto armado interno declarado en enero de 2024. Ahora, la ley está en manos del presidente Daniel Noboa, quien debe decidir si la promulga, la veta parcialmente o la rechaza por completo.
Esta ley, impulsada inicialmente por el propio presidente Noboa, incluye medidas excepcionales en ámbitos tributario, penal, económico y de seguridad pública. Su principal propósito es garantizar la estabilidad económica y financiera del país, fortalecer a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, y proteger a la población civil ante la violencia creciente.
Un punto central es el reconocimiento oficial del conflicto armado interno, lo que permitirá al Ejecutivo aplicar medidas operativas y financieras especiales de manera inmediata. Para esto, se exige la presencia de grupos armados organizados y una violencia intensa, conforme a criterios internacionales y jurisprudencia de la Corte Constitucional.
En materia económica, la ley contempla incentivos tributarios para personas naturales y jurídicas que donen bienes inmuebles, equipamiento o suministros a las fuerzas de seguridad, con una reducción de hasta el 30% en el impuesto a la renta. Además, se incluyen apoyos para pequeños productores, emprendedores jóvenes en zonas afectadas y atención especial a víctimas del conflicto, poniendo énfasis en salud mental, desplazamiento forzado y violencia sexual.
Desde el ámbito penal, la ley introduce reformas al Código Orgánico Integral Penal para tipificar delitos específicos vinculados al conflicto armado, como el reclutamiento de menores, el sicariato y el tráfico de combustibles, y endurece las sanciones para estos crímenes. Se establece además un procedimiento penal especial que concentra el juicio en una sola audiencia, con jueces especializados y limitaciones a medidas sustitutivas durante la prisión preventiva.
Un tema que genera debate es la figura del indulto presidencial con efecto diferido para procesados vinculados al conflicto, que podrán acceder a esta medida si colaboran con la justicia o padecen enfermedades graves, excluyendo casos de corrupción, genocidio, tortura o desaparición forzada.
La ley también autoriza la incautación inmediata de bienes muebles e inmuebles vinculados a grupos armados o economías ilícitas, que serán administrados por el Estado si no se reclama su propiedad en un plazo de 90 días. Asimismo, define como objetivos militares ciertos bienes usados para actividades ilícitas como narcotráfico o minería ilegal, lo que ha generado preocupación entre juristas y defensores de derechos humanos sobre la necesidad de respetar los principios de proporcionalidad y protección civil.
La nueva normativa modifica al menos cinco cuerpos legales, entre ellos el Código de la Función Judicial y la Ley de Prevención de Lavado de Activos, otorgando mayores facultades a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) para combatir flujos ilícitos asociados a la criminalidad organizada.
En paralelo, se faculta a los gobiernos autónomos descentralizados a destinar hasta el 10% de su presupuesto anual para apoyar a las fuerzas del orden con equipamiento y logística dentro de sus competencias.
Uno de los puntos más controvertidos es que la ley permite el uso directo de la fuerza armada sin necesidad de declarar estado de excepción, siempre que el conflicto armado haya sido oficialmente reconocido por decreto presidencial. Sin embargo, la Corte Constitucional ha señalado que la existencia del conflicto debe basarse en hechos concretos y verificables, no únicamente en la declaración formal.
Ecuador enfrenta una profunda crisis de seguridad que lo ha posicionado como uno de los países más violentos de la región, y esta ley busca ser una herramienta legal para enfrentar esta emergencia compleja y multifacética.
Fuente: Infobae