Senado dominicano aprueba reforma para evitar vacíos legales en nombramientos de alcaldías

 
República Dominicana

El Senado de la República aprobó en primera lectura una propuesta legislativa que asigna al Consejo de Regidores la responsabilidad de designar al alcalde en situaciones donde tanto el síndico como el vicesíndico renuncien, eliminando así los vacíos legales existentes.  

Este proyecto modifica varios artículos de la Ley 176-07 de Ayuntamientos y del Distrito Nacional, en respuesta al vacío legal evidenciado tras la designación de Kelvin Cruz como ministro de Deportes el pasado 16 de agosto y la posterior renuncia de la vicealcaldesa de La Vega, Amparo Custodio.  

La Ley 176-07, vigente desde 2007, establece en su artículo 64 que, ante la renuncia de un síndico, el presidente de la Sala Capitular debe solicitar al presidente de la República la designación de un nuevo alcalde. Sin embargo, con la reforma constitucional de 2010, esta atribución presidencial fue eliminada, dejando un vacío en la normativa que el nuevo proyecto busca subsanar.  

La senadora María Mercedes, promotora de la iniciativa, propuso que el Consejo de Regidores asuma la responsabilidad de nombrar al nuevo alcalde en casos de vacantes definitivas.  

Según el proyecto, el presidente del Consejo de Regidores deberá solicitar al partido político que postuló al alcalde o vicealcalde renunciantes que, en un plazo máximo de 30 días, presente una propuesta de sustitución.  

En caso de ausencia de un vicealcalde, el mismo procedimiento será aplicado, involucrando a la dirección superior del partido correspondiente.  

El texto también establece:  

- Si un regidor queda sin suplente, el partido político responsable deberá presentar una terna extraída de la boleta electoral utilizada en las elecciones.  

- De no cumplirse el plazo de 30 días, el alcalde podrá presentar directamente la terna ante el Consejo de Regidores.  

El proyecto incluye mecanismos para cubrir vacantes entre los vocales municipales. Los partidos tendrán 30 días para presentar una terna de suplencia ante la Junta de Vocales, que deberá conocerla y resolverla en un máximo de cinco días.  

Con esta reforma, el Senado busca garantizar la continuidad administrativa en los gobiernos municipales y evitar conflictos legales derivados de vacíos en la legislación actual.

Fuente: Listín Diario

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