A pesar de su desacuerdo con la medida, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se verá forzado a llevar a cabo un reconteo de los votos en todas las juntas receptoras durante las elecciones nacionales y municipales cuando la diferencia de votos sea mínima.
Este lunes, la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el expediente 23.201, relacionado con el reconteo de votos, con el apoyo de 41 diputados. Esta iniciativa, presentada por el legislador socialcristiano Carlos Felipe García, establece que el TSE deberá iniciar un reconteo en situaciones donde las diferencias sean del 2% o menos.
Hasta ahora, el Código Electoral únicamente contemplaba el reconteo para las elecciones presidenciales, dejando fuera a las papeletas de diputados y otros cargos municipales como alcaldías y regidurías. Con esta nueva normativa, se exige al TSE ordenar el reconteo de todas las juntas receptoras cuando se presenten diferencias mínimas a ese 2%.
El diputado García argumentó la necesidad de esta ampliación legislativa, señalando que “la normativa actual solo contempla el reconteo en la elección presidencial, mientras que hemos visto resultados ajustados en la asignación de curules de diputados y alcaldías, lo que justifica esta modificación”.
En las últimas dos elecciones, el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) experimentó desventajas debido a resultados finales ajustados. En la elección nacional de 2022, el partido perdió una diputación frente al oficialismo, y en las municipales de febrero de este año, quedó fuera de una alcaldía por una diferencia de solo dos votos.
La propuesta establece que se realizará un recuento manual de votos en todas las juntas de una provincia si la diferencia entre dos candidatos a diputados es de 500 votos o menos. Según el texto del proyecto:
“(...) Cuando la diferencia sea de quinientos votos o menos, entre la lista de un partido político y otro que determine la asignación de una diputación a la Asamblea Legislativa, se procederá al recuento total del material electoral de todas las juntas receptoras de votos de esa provincia”.
Asimismo, en el caso de elecciones de alcaldías y sindicaturas, se exigirá un conteo manual en todas las juntas cuando la diferencia sea de 2% o menos. Para la elección de regidurías, se aplicará el recuento manual cuando la diferencia entre dos candidatos sea de 150 votos o menos.
Fuente: El Observador