El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha confirmado la decisión de desechar la queja presentada por expresidentes del PRI contra el actual dirigente del partido, Alejandro Moreno Cárdenas, alegando calumnia y violencia política de género.
Con una votación de cuatro magistrados a favor y uno en contra, la Sala Superior del TEPJF ratificó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de no iniciar un procedimiento sancionador contra Moreno Cárdenas. La queja se basaba en declaraciones del líder priista dirigidas contra Dulce María Sauri, Pedro Joaquín Coldwell, Enrique Ochoa y Aurelio Nuño.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón fue el único en favor de un análisis más profundo por parte de la sala regional especializada del TEPJF, pero su postura no obtuvo respaldo en la votación.
El 19 de julio pasado, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE había decidido no proceder contra Moreno Cárdenas por las acusaciones de calumnia y violencia política, así como por el presunto uso indebido de la pauta oficial del partido. La Sala Superior del TEPJF confirmó esta decisión, argumentando que los agravios carecían de fundamento. La resolución del INE se basó en que el contenido denunciado no constituía propaganda político-electoral.
Asimismo, el tribunal determinó que las expresiones cuestionadas se realizaron en el ámbito interno del partido, un área que excede la competencia de la autoridad electoral nacional.
Por otro lado, el pleno de la Sala Superior revocó una sentencia previa de la sala regional especializada que había dictaminado que el uso de una imagen generada por inteligencia artificial de un menor en la propaganda electoral violaba los derechos de la infancia. La decisión ordena al INE revisar y ajustar sus lineamientos sobre la protección de menores en la propaganda electoral.
La consejera Carla Humphrey anunció en redes sociales que trabajará en nuevas reglas "innovadoras" para abordar este tema, una cuestión que también ha sido discutida en el Senado.
En la sesión pública reciente, la Sala Superior también desestimó 83 impugnaciones relacionadas con el proceso electoral de 2024. Estas impugnaciones fueron consideradas improcedentes, ya que se presentaron fuera del plazo establecido o carecían de firma autógrafa, sin que los partidos y ex candidatos pudieran resolver sus inconformidades en esta instancia.
Fuente: La Jornada